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Información actualizada de las ayudas del SEPE

Aquí vas a encontrar información necesaria y relacionada con las Ayudas que ofrece el SEPE en España.

Y no solo eso, Aquí también encontrarás, Becas, Prestaciones, Modelos retributivos y mucho más. En este portal, podrás aprender a tramitar tu documentación fácil y rápido.

Artículos más importantes de nuestra web

¿Ya conoces cuales son los artículos más relevantes de nuestra página web?. Aquí te dejamos algunos de los artículos más vistos por nuestros lectores.

Preguntas más frecuentes sobre ayudas del SEPE

Las ayuda proporcionada por el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) serán otorgadas a aquellas personas beneficiarias que cumplan con los con sus requisitos.

El objetivo de las ayudas del SEPE, es proporcionar una salida económica a aquellas personas que están en una situación de ingresos mínimos. Las ayudas serán proporcionadas por el propio Servicio Público de Empleo Estatal.
Si eres beneficiario de una de las ayudas proporcionadas por el SEPE, en las las propias instrucciones vendrá marcado tanto la cuantía como la forma de pago.

Existen las formas de pago mensuales, las cuales una persona cobrará todos los meses una cuantía de forma consecutiva. O incluso las cuantías de pago único, que serán recibidas una única vez por la persona beneficiaria.
Una vez se haya presentado la solicitud de acceso a cualquier ayuda o prestación se deberá resolverse.

El plazo el cual, el Servicio Público de Empleo Estatal deberá resolver dicha solicitud será de 15 días siguientes a la fecha en que la entregó.

En el plazo de los 10 días siguientes, el SEPE mandará un comunicado a la persona beneficiaria, tanto si ha sido aceptado como si fue denegado.

Si ya pasaron más de 3 meses y la administración no mandó ningún comunicado la respuesta será negativa. A lo que se le llama silencio administrativo. Pudiéndose poner una reclamación posterior a la vía judicial.
Durante el tiempo en que una persona está cobrando una prestación, se podría decir que no se encuentra en trabajador activo.

Por lo tanto, no tendría derecho a vacaciones, ya que las vacaciones son generadas cuando se encuentra en modo trabajador activo.

Además, en el momento en que una persona es beneficiaria de una prestación tiene obligación de estar en búsqueda activa de trabajo. Ese es el objetivo de las prestaciones.

Sin embargo, la persona tiene posibilidad de salir al extranjero por un tiempo inferior a 15 días naturales 1 vez al año. Siempre y cuando esto no implique el incumplimiento de su obligación.
Si resides en una comunidad autónoma y deseas recibir una prestación o ayuda debes inscribirte primero como demandante de empleo.

Para ello, deberás acudir a las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal y rellenar el formulario que se te entregará.

Acuérdate de acudir con la documentación necesaria. Puedes visitar nuestro artículo Como apuntarse al paro.
Si se abandona el trabajo, siempre que sea de baja voluntaria, no podría volver a percibir la prestación por desempleo según la normativa legal.

La única manera de percibir la prestación por desempleo es que la baja sea por causas ajenas al trabajador. Ya que el sistema del SEPE, protege a las personas que quieren trabajar pero carecen de empleo.

Si un trabajador, empieza a trabajar en una empresa, y no pasa ese periodo de prueba sin trascurrir 3 meses desde la baja voluntaria, tampoco podrá cobrar la prestación por desempleo.

Sin embargo, si se incorpora en otra empresa en la cual su contrato finaliza por no superar el periodo de prueba y pasaron más de 3 meses desde la última baja voluntaria, en ese caso si que podrá acceder a la prestación.

De todas maneras, el SEPE tiene su propio sistema, el cual estudiará cada caso para evitar cualquier tipo de fraude a la hora de la solicitud de cualquier prestación.
Si, hay ciertos subsidios en los que no necesitará tener cargas familiares. Se los dejamos en esta lista:

Ayuda para Personas desempleadas mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva. Ayuda para Personas desempleadas mayores de 52 años. Ayuda para Personas desempleadas que hayan cotizado entre 180 y 359 días. Ayuda para Personas desempleadas que hayan sido declaradas plenamente capaces o inválidas parciales como consecuencia de la revisión de su pensión de invalidez. Ayudas para Personas que acaban de salir de prisión. Ayuda para trabajadores emigrantes retornados.

Es importante leer cuales son los requisitos de cada ayuda. Ya que cada ayuda posee sus propios requisitos para poder ser tramitada.

¿Que son los trámites y como puedo realizarlos?

A la hora de rellenar documentos, lo primero que tenemos que tener claro es que es un trámite. Para eso estamos aquí nosotros para explicarte de una forma detallada que es el trámite y como poder gestionarlo.

Para no liarnos mucho, el trámite es una gestión que realizamos cuando queremos hacer alguna solicitud. Es básicamente eso, es una gestión que se transmite por medios informáticos o presenciales y que no tiene mucha complicación.

Si bien es cierto, a la hora de realizar cualquier trámite debemos tener en cuenta que no podemos hacerlo de cualquier manera. Cada trámite lleva consigo un formulario que deberemos rellenar y mandar.

Cuales son las Ayudas del SEPE y como obtenerlas

En el momento en el que un trabajador entra a formar parte de la servicio de empleo público estatal en España va a tener ciertas ventajas. No solo es un sistema de cotización, que también, si no que ofrece ayudas a todos los trabajadores desempleados.

Cuando un trabajador se encuentra en una situación en la que no puede hacer frente a sus gastos la SS ofrece este tipo de ayudas. El fin de todo esto es, que el trabajador, mientras se encuentre en situación de desempleo, tenga ingresos para sus gastos.

Las ayudas por parte del SEPE pueden variar en condición de la misma ayuda. Para cada persona podrá existir un tipo de ayuda, Puedes informarte en nuestra sección de ayudas para conocerlas.

Como funciona el SEPE y como puedo acceder a sus ayudas

Para cada una de las ayudas impuestas por el SEPE existen cierto tipos de requisitos. No todo el mundo puede acceder a estas ayudas, podrán hacerlo libremente, pero siempre sabiendo a que tipo de ayuda tienen acceso.

Podemos encontrar varios tipos de ayuda, ayuda para desempleados, subsidios, prestaciones, ayudas por maternidad. Cada ayuda tiene su fin y por lo tanto habrá que cumplir ciertos requisitos de acceso.

Los requisitos suelen ser, estar apunta a demanda de empleo, presentaciones de certificados y tener todo en regla. También se explicará mediante cada artículo, quienes pueden acceder a esta ayuda y la documentación a aportar.

Mediante que sistemas se pueden solicitar las ayudas

El propio SEPE siempre va a ofrecer maneras fáciles de presentación de solicitudes para ayudas. Encontraremos varias modalidades, podrán ser de manera presencial, por correo ordinario y telemáticamente.

Manera presencial: La manera tradicional en la que se debe acudir personalmente a la oficina del SEPE. Primero debemos pedir cita previa en el Inem ya que el sistema no funciona de otra manera.

Por Correo Ordinario: Esta es otra de las maneras tradicionales. Podemos mandar la solicitud con toda la documentación a la dirección postal de nuestro SEPE. Ellos te contestarán en 2-3 días aproximadamente a la misma dirección de donde se mandó.

Telematicamente: El mundo evoluciona, pues el SEPE también. Se podrá hacer trámites por medio su sede electrónica. Todas sus ayudas, todos sus formularios y toda su documentación puede ser por medios telemáticos. Se podrá hacer estas solicitudes desde tu casa.

Cuantas ayudas puedo solicitar

A la hora de rellenar las solicitudes de las ayudas, podemos encontrar varias para la situación laboral que estamos pasando. Siempre y cuando los requisitos los cumplamos podemos solicitar información para saber si son compatibles.

Habrá ayudas que se puedan solicitar de manera conjunta con otras ayudas. Mientras, que otras ayudas no van a ser compatibles. Todo esto lo dejaremos claro en nuestros artículos.

Siempre se le puede preguntar a la propio SEPE mediante su número de teléfono cualquier duda que surja. El número sería el que corresponda a tu provincia. Su web es el SEPE.

Que más voy a encontrar en esta web

Queremos enseñarte a solicitar cualquier tipo de ayuda, cualquier tipo de pensión, cualquier tipo de trámite. Y no solo eso, sabemos que el rellenar este tipo de solicitud es tarea costosa, sobre todo para algunos en concreto, pero no te preocupes, no te dejaremos solo.

Queremos ayudarte en todo el proceso de tramitación. Te proporcionaremos cualquier tipo de guía explicativa para que no tengas ningún problema a la hora de rellenar formularios.

Te mantendremos al día de todo lo que va sucediendo, te enseñaremos donde debes descargar las solicitudes. Vamos a estar contigo en todo momento, no te dejamos solo.

¿Eres madre separada?. Aquí encontrarás ayudas para mujeres separadas, divorciadas o solteras. Os enseñaremos a realizar cualquier trámite para solicitar vuestras ayudas o prestaciones.

Bienvenido/a a RellenarDocumentos.es

Luis Miguel Serrano

🔥 Redactor y SEO de RellenarDocumentos.es desde sus inicio ✍️ Fundador de la página web de RellenarDocumentos y encargado de investigar y escribir noticias actuales y actualizadas del SEPE y de la Seguridad Social.

  1. victor dice:

    en mi expediente de la ayuda de 200@ despues de la casilla de 0A no aparece la de alta o baja. A que creeis que se debe esto?

    1. Luis Miguel Serrano dice:

      Buenos días Victor.

      Gracias por tu comentario. Tenemos un artículo que habla de eso de forma detallada. Hablamos de los estados en la ayuda de 200 euros y como verificar correctamente el estado en que se encuentra la ayuda.

      Puedes verlo en el siguiente artículo:

      https://rellenardocumentos.es/aprobado-la-ayuda-de-200-euros/

      Cualquier cosa estamos en telegram: https://t.me/AyudasAutonomosypymes

      Un saludo.

  2. Vanessa dice:

    Buenas tardes, en ningún artículo de todos los que e leído en todas las plataformas digitales e leído, por que Hacienda está efectuando el pago a personas que solicitaron la ayuda más tarde que otras. Yo solicite esta ayuda el mismo día 8 de julio. El 4 de Agosto la tenía en acuerdo de devolución, no a cambiado a pagado y a fecha de hoy no la e cobrado. Y personas que la solicitaron más tarde ¡ ya la han cobrado! Como siempre salimos perdiendo los más necesitados, los que por desgracia debemos mendigar estas ayudas, para darle de comer a nuestros hij@s. No llevan un orden de expediente, no dan la posibilidad de poder comunicarte con ellos y si lo haces se escudan en excusas. Muchas gracias, espero que alguien pueda darme una respuesta coherente... a veces eso es lo único que pedimos, no evasivas...

    1. Luis Miguel Serrano dice:

      Hola Vanessa.

      Gracias por tu comentario. Lamentablemente, eso no depende de nosotros si no de la administración y de como funciona su procedimiento con las solicitudes presentadas. Entendemos su descontento con la administración, le recomendamos que presenten su reclamación por teléfono o incluso mediante cita presencial en hacienda.

      Un saludo.

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