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¿Estoy obligado a presentar el modelo 303?
A la hora de presentar el Modelo 303 en la agencia tributaria, debemos conocer primero, como podemos hacerlo. Siguiendo las instrucciones del modelo 303 de la página web de la agencia tributaria, las distintas formas son:
⭐ Personas físicas que no tienen obligación de usar el certificado electrónico. Estas podrás presentar el modelo 303 mediante la Clave Pin. Podrán hacerlo también mediante el formulario descargado e impreso.
⭐ Cualquier entidad que no esté obligada a usar el certificado electrónico. Estas entidades, podrán presentar el modelo 303 impreso y generado por la sede electrónica.
⭐ Por último, Empresas o Entidades, que tengan como OBLIGACIÓN la utilización de un Certificado electrónico. Se trata de aquellas empresas como, las Administraciones Públicas, Tributarios adscritos a la Delegación Central de grandes contribuyentes o alguna Unidad de Gestión de grandes empresas. También, las entidades que tengan forma jurídica de Sociedad Anónima o Responsabilidad limitada.
Como rellenar el Modelo 303 de una manera fácil y rápida en 2020
Régimen General
(1) Parte identificativa
Como todos los modelos o formularios, tenemos una parte identificativa que podría ser la parte 1 y la 2. Comenzaremos siempre por la parte primera que será donde tengamos que colocar nuestros datos personales, de la persona física o entidad jurídica.
La segunda parte sería el devengo, donde debemos apuntar nuestro ejercicio (el año) y el periodo de tiempo (El trimestre o mes correspondiente).
Por último, debemos rellenar el resto de datos acorde con nuestro sector. Debemos saber si tributamos por régimen simplificado, si la empresa está en concurso de acreedores o si estamos dentro del REDEME.
(2) IVA Devengado
El primer dato a rellenar será la Base Imponible de nuestra facturación. A continuación los datos.
datos del IVA que han sido repercutidos a los clientes. Vamos a ir rellenándolos poco a poco, en la primera casilla, vamos a añadir el IVA Devengado. En la segunda casilla, escribiremos el tipo de IVA aplicado. Si la empresa, únicamente ha devengado al 21%, nos bastaría con rellenar la casilla 07 únicamente.
Por último debemos sumar todas las cantidades y colocarlo en su casilla correspondiente.
(3) IVA Deducible
Por la adquisición de bienes o servicios. Es decir, por todo lo que se haya invertido o gastado acorde con nuestra actividad tendremos una base imponible con varios tipos de IVA y también tendrá su cuota.
Si hemos hecho cualquier compra superior a los 600 euros y se tuviera que hacer alguna amortización, sería en su casilla correspondiente.Cualquier tipo de rectificación, será este apartado donde lo deberás colocar, tanto su Base, como su IVA como el Importe.
Todo eso deberá ser sumado en las últimas casillas como en el IVA Devengado.
(4)Información Adicional
Todo lo que sea, entregas intracomunitarias de bienes y servicios. Tanto exportaciones como operaciones asimiladas.
(5) Resultado
La casilla 64, nos indicará el resultado de restar IVa repercutido – Iva deducible o soportado.
Como último apartado, en la casilla 67 indicaremos si tenemos iva a compensar en declaraciones anteriores y que será el momento de hacerlo. La casilla 64 será la resta de las casillas 46 y 58 , teniendo en la casilla 71 el importe final de nuestro modelo 303
Formas de presentación del modelo 303
El modelo 303 puede ser presentado en la administración de diferentes maneras. Podremos presentarlo de manera Online o de manera Presencial. Para ello os explicamos brevemente su gestión.
⭐ Forma Online: Mediante la sede oficial de la Agencia tributaria, el trámite del modelo 303 se podrá hacer de manera Online. Para ello, es necesario utilizar certificado digital acompañado de la firma digital. Esta forma será el método de presentación obligatorio para aquellas empresas que hemos nombrado más arriba.
Administraciones Públicas, Delegación Central de Grandes Contribuyentes, los obligados tributarios que entren dentro del periodo de liquidación con el mes natural y entidades de sociedad anónima o responsabilidad Limitada.
⭐ Forma Presencial: Su presentación podrá ser presencial con papel impreso y rellenado en la página web de la sede oficial de la Agencia Tributaria.
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