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¿El paro lo puedo ingresar en una cuenta cómo autorizado?. Te contamos todo en este artículo.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) realiza el pago de la prestación por desempleo a través de transferencia bancaria. Por lo que se requiere que la persona que está en paro tenga una cuenta corriente para hacerle el abono.
¿Sin ser titular de la cuenta bancaria se puede cobrar el paro? La persona en paro debe ser titular o cotitular en una cuenta bancaria, para que reciba el paro. De no contar con la cuenta es considerado como que no ha cumplido con los requisitos y su solicitud será denegada.
¿Por qué no puede ingresar el paro en una cuenta cómo autorizado?
La Ley General De La Seguridad Social establece los requisitos para solicitar la prestación por desempleo o paro. Entre ellos está la obligatoriedad de presentar un documento que contenga el número de una bancaria.
Esto debido a que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) emite una orden a los bancos para el pago del paro. Esto lo hacen de acuerdo con las solicitudes recibidas de cada trabajador desempleado.
El pago del paro se hace a través de una transferencia a las cuentas registradas a nombre del desempleado. Este pago se realiza los primeros días de cada mes, la cantidad será de acuerdo con el monto que le corresponda.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sólo emite la orden de pago a las personas que se encuentran sin empleo. Por lo que no puede ingresar la prestación por paro en una cuenta de una persona que no esté en paro.
La persona que se encuentre en paro y sea autorizada en una cuenta bancaria no podrá recibir el pago en dicha cuenta. Para recibir este beneficio deberán aparecer en una cuenta como titular.
¿Qué significa ser autorizado de una cuenta bancaria?
La persona autorizada en una cuenta bancaria es designada por el titular para cobrar el dinero que se encuentra en la misma. Pero esta persona no es la propietaria de la cuenta y tampoco tiene ningún tipo de responsabilidad fiscal.
Las operaciones que puede realizar la persona autorizada en una cuenta bancaria son limitadas, entre ellas está disponer del dinero hasta cierta cantidad. También podrá hacer transferencias, firmar talones y reintegros realizar solicitud de información sin autorización del titular.
La persona autorizada en una cuenta no podrá solicitar tarjetas de crédito o débito a su nombre. Tampoco tiene autorización para la cancelación de cualquier tipo de producto bancario que tenga el titular ni cambiar las condiciones de la cuenta.
La persona que aparezca en una cuenta bancaria como autorizado no puede solicitar el bloqueo de la misma. Tampoco podrá disponer del dinero que se encuentre en la cuesta después del fallecimiento del titular.
Estas son las razones por las cuales las personas autorizadas en una cuenta no pueden ingresar el paro en ellas.
¿Qué significa ser el cotitular en una cuenta bancaria?
El cotitular de la cuenta bancaria tiene las mismas obligaciones y derechos del titular de la cuenta bancaria. Este junto con los otros titulares de la cuenta, tiene derechos sobre el dinero en efectivo que se encuentra en la cuenta corriente.
El cotitular no tiene límite en las operaciones y podrá disponer del dinero en igualdad de condiciones que el titular. Además, tiene las mismas responsabilidades fiscales y si se adquiere un crédito también será responsable de la deuda.
La persona que figura en una cuenta bancaria como titular podrá darse de baja en el momento que lo desee. Para ello no requiere de la aprobación de los demás miembros titulares.
Como puedo darme de baja en una cuenta bancaria
Para darse de baja sólo debe hacer una carta donde solicita darse de baja en una cuenta bancaria. Esta debe ser presentada en la institución bancaria y además deberá notificar la decisión al resto de los miembros titulares de la cuenta.
Estas son las razones por las que la Ley General De La Seguridad Social establece que se puede ingresar el paro en una cuenta donde se es cotitular.
¿Qué significa ser titular de una cuenta bancaria?
El titular de una cuenta bancaria es la persona que firma el contrato con la institución bancaria y tiene responsabilidad fiscal. Éste será el propietario del dinero depositado en la cuenta y el deudor en caso de que se realice un préstamo.
En las cuentas bancarias puede haber varios titulares, por lo que son plurales o individuales. Cuando hay varios titulares todos son propietarios del dinero que esté depositado en partes iguales y tienen las mismas responsabilidades.
El titular de la cuenta bancaria es el único que puede solicitar la prestación por desempleo. Esto de acuerdo con lo establecido en la Ley General De La Seguridad Social. El solicitante del paro debe presentar cualquier instrumento donde se demuestre la titularidad de la cuenta ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
¿Cómo puedo entonces solicitar el pago del paro?
El pago del paro lo puede solicitar aquellas personas que han perdido su empleo por decisión unilateral del empleador o finalización del contrato. Este trámite lo deben hacer en los primeros 15 días de haber finalizado la relación laboral.
La solicitud de la prestación por desempleo se puede hacer de forma online visitando la página web oficial del SEPE. También se puede hacer la solicitud de forma presencial en la oficina que le corresponda al solicitante.
Para realizar la solicitud deben presentarse los siguientes documentos:
- El certificado de la empresa donde acredita que el solicitante ha trabajado en los últimos seis meses. Esto en caso de que la empresa no haya enviado este documento al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
- El documento que lo identifique que puede ser:
- El Documento Nacional de Identidad.
- El pasaporte y el certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea. Esto para los ciudadanos que pertenecen a la Unión Europea.
- La tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) para los extracomunitarios.
- El libro de familia con los documentos de identidad de todas las personas que aparecen en él.
- El documento bancario donde aparezca el número de cuenta en la que se desea ingresar la prestación por desempleo. El titular de la cuenta debe ser la persona que está solicitando la prestación por desempleo.
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