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La incapacidad permanente absoluta se define como una situación en la cual un trabajador no puede practicar ninguna labor normalmente, esto debido a serias reducciones anatómicas o funcionales, que pueden determinarse objetivamente y que pueden ser definitivas.
La incapacidad permanente puede ser el resultado de una enfermedad, incapacidad temporal previa o un accidente. Su determinación implica una serie de beneficios financieros vinculados a un grado específico de incapacidad permanente.
¿Cómo se determina la incapacidad permanente?
Durante su vida, una persona puede encontrarse en una situación en la que, después de un accidente o una enfermedad, no puede realizar las diversas tareas de su trabajo. En este caso, el sistema de seguridad social proporciona, para esta persona, medidas para satisfacer sus necesidades, causadas por la pérdida de su capacidad para trabajar.
¿Cómo el sistema social ayuda a estas personas? Puesotorgándole ventajas económicas, que serán de por vida si el trabajador es declarado incapacitado permanentemente. La noción de incapacidad permanente puede definirse como una reducción funcional, anatómica o psicológica determinada objetivamente desde el punto de vista médico.
Conduciendo a una reducción en la capacidad de trabajo o incapacidad para el trabajo. La pérdida de esta capacidad puede ser parcial, total, absoluta o con un alto grado de incapacidad.
La reducción de la capacidad de trabajo o la incapacidad laboral son los elementos clave que configuran la incapacidad permanente absoluta. Deben presumirse irreversibles para que la propuesta de incapacidad permanente puede ser emitida por el paciente, por el médico de familia, por un gerente de seguro privado o por el Seguro Social.
Depende de la Seguridad Social y a través del intermediario de las organizaciones correspondientes, cubrir todas las fases del procedimiento de evaluación, calificación y revisión de esta incapacidad para poder reconocer el derecho a los beneficios económicos contributivos correspondientes a cada paciente, dependiendo de su rango.
¿Quiénes son los encargados de decretar la incapacidad?
Es la Seguridad Social la que determinará y confirmará el grado de incapacidad permanente, su modificación o extinción.
Sin embargo, tanto el Instituto Nacional de Seguridad Social como la autoridad judicial pueden reconocer a una persona con incapacidad, a pesar de la posibilidad de recuperar su capacidad de trabajo, siempre que esta posibilidad se considere médicamente incierta o de largo plazo.
Es por eso que las expectativas de recuperación de salud de la persona necesarias para su reincorporación al lugar de trabajo, deben ser realmente evaluadas.
Cabe señalar que la presencia de ciertas limitaciones funcionales antes de la enfermedad o accidente no impide una calificación de incapacidad permanente absoluta si estas limitaciones se han agravado y, en consecuencia, se han producido, por sí mismas o concomitantemente con nuevas lesiones. o patologías, una disminución en la capacidad de trabajo o incapacidad para trabajar.
Por ejemplo, una persona con problemas en la columna vertebral después de un accidente que resulta en un empeoramiento de su condición, lo que constituye un obstáculo para la realización de su trabajo habitual.
En este caso, tener una patología o limitación antes del accidente no impide el reconocimiento de un cierto grado de incapacidad, ya que esta patología ha empeorado hasta el punto de prevenir el desarrollo de una actividad profesional.
En este enlace puedes encontrar más información sobre los distintos grados
¿Cuáles son los grados de incapacidad permanente?
Al igual que otros grados de incapacidad, y aunque el nombre puede ser confuso, la incapacidad permanente está sujeta a cambios y puede revisarse por razones como la entrada del paciente en la jubilación o nuevos síntomas que involucran un título mayor incapacidad
Primero, la incapacidad permanente se puede clasificar en cuatro grados, cada uno con derecho a un beneficio.
Incapacidad parcial permanente para ejercer la profesión habitual:
Es una incapacidad que, aunque no total, resulta en una disminución de al menos 1% para el trabajador en el desempeño de su trabajo.
Es muy común recibirlo después de un accidente en el trabajo donde es posible continuar haciendo el trabajo, pero con una disminución en el rendimiento.
Incapacidad total y permanente para hacer ejercicio:
Es lo que descalifica al trabajador del ejercicio de sus tareas profesionales, pero no le impide dedicarse a otras disciplinas.
Incapacidad permanente o Gran Invalidez
Impide que el trabajador ejerza cualquier tipo de profesión, esto va más allá de su trabajó actual, la lesión o enfermedad es tan grave, que la persona no podrá ejercer ningún tipo de trabajo.
Este es el grado más alto de incapacidad permanente, el mismo se aplica a las personas que sufren pérdidas anatómicas o funcionales para las cuales necesitan la ayuda de otra persona en su vida diaria.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar una pensión por gran invalidez? Para obtener esta pensión, debes contar con los siguientes requisitos:
- Años cotizados (Excepto si la enfermedad o lesión fue ocasionada por un accidente laboral)
- Estar en situación de alta o asimilada al alta
- No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación
Para solicitarla, debes reunir ciertos requisitos, como pueden ser:
- Certificado del Registro Civil
- DNI del afectado
- Historial clínico.
- Informe del accidente de trabajo o enfermedad laboral
- Certificado de salario del año anterior
- Llenar el formulario de solicitud
- Presentar todos los documentos en el INSS (puede realizar el trámite vía internet)
Prestaciones vinculadas al grado de incapacidad permanente absoluta.
El Seguro Social es responsable de determinar los requisitos relacionados con la recepción de la ayuda relacionada con la incapacidad permanente absoluta con respecto a la identidad de los beneficiarios.
Las situaciones asimiladas al despido por incapacidad permanente como acuerdos, extensiones, licencia autorizada, los eventos que son la causa, la cantidad o el pago a recibir, la forma en que se gestionará y pagará, así como las compatibilidades existentes.
Tasa de incapacidad inferior al 10%:
El monto de la compensación es una suma global calculada de acuerdo con el grado de incapacidad. Está sujeto al impuesto sobre la renta y toma como base reguladora la que habría correspondido por incapacidad temporal si el paciente hubiera tenido derecho a este beneficio.
Tasa de incapacidad igual o superior al 10%:
La ayuda se traduce en una cantidad mensual permanente, pero si el paciente tiene más de 60 años, puede solicitar la jubilación. El importe se calcula según la base reguladora.
Las pensiones por incapacidad se pagan trimestralmente cuando la tasa de incapacidad se encuentra entre 10% y 50%. Más allá de eso, el pago es mensual y no están sujetos a impuestos.
Cuando la incapacidad es mayor al 66.66%, la persona incapacitada y sus hijos se benefician de una cobertura del 100% de toda su atención médica, con la excepción de los tratamientos que generalmente se reembolsan al 15 o 30%.
Cuando la incapacidad es mayor al 80% o total, es posible solicitar un beneficio suplementario para recurrir a asistencia externa.
Finalmente, si la incapacidad se debe a un accidente o una enfermedad profesional, los beneficiarios como cónyuge e hijos, pueden reclamar una anualidad de hasta el 85% del salario anual del asegurado.
Si no logro la incapacidad permanente absoluta ¿Qué puedo hacer?
Siempre es posible apelar una decisión tomada por su fondo de Seguro Social, los remedios y procedimientos a seguir son diferentes dependiendo de si se trata de una decisión administrativa, una decisión médica o una decisión sobre invalidez o incapacidad laboral permanente absoluta.
Para impugnar una decisión administrativa, primero debe remitirse al comité de apelación amistosa del Seguro Social o el departamento encargado de estas solicitudes. Si su solicitud es rechazada, puede iniciar un procedimiento ante el tribunal de gran instancia, así como también puede apelar ante el Tribunal de Apelación o apelar ante el Tribunal de Casación.
Para impugnar una decisión médica, primero debe solicitar una segunda opinión médica de su departamento de Seguro Social.
Si disputa la solicitud hecha por el seguro social de las conclusiones de la experiencia médica, puede apelar ante el comité de apelación amigable. Luego, si es necesario, puede iniciar un procedimiento ante el tribunal de gran instancia, el Tribunal de Apelación o el Tribunal de Casación.
Y para impugnar una decisión sobre invalidez, por ejemplo, la clasificación en una categoría de invalidez o incapacidad laboral permanente absoluta como lo es, la fijación de la tasa de incapacidad permanente, debe comunicarse con la junta médica de apelaciones.
Si su solicitud es rechazada, como en las anteriores puede iniciar un procedimiento ante el tribunal de gran instancia, el Tribunal de Apelación o ante el Tribunal de Casación.
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