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El nuevo bulo denominado el subsidio de las amas de casa que ha tenido viralización durante unos días por las redes sociales, no es otra cosa que la renta activa de inserción.
Y es que, el colectivo de las amas de casa, como cualquier persona que cumpla con los requisitos establecidos por la administración, tendrá acceso a una remuneración mensual de 480 euros mensuales.
Para poder acceder a la renta activa de inserción, lo que se denomina como RAI, se deben unos requisitos específicos y también unos generales.
¿Qué es eso del nuevo subsidio para amas de casa y como puedo acceder a el?
La renta activa de inserción a la que podrán acceder cualquier ama de casa, tendrá que cumplir una serie de requisitos.
Se trata de una ayuda que ofrece el Gobierno, por un periodo de tiempo de 11 meses como máximo. Lo que indicaría que la persona, según el IPREM, tendría un beneficio de 5.280 euros anuales.
Estos serían los requisitos generales a cumplir si quieres acceder a la renta activa de inserción:
- Estar desempleados o inscritos como demandante de empleo durante al menos doce meses y suscribir el compromiso de actividad.
- Tener menos de 65 años. Si lo queremos solicitar por ser desempleado de larga duración o emigrante retornado además debemos estar entre los 45 y los 65 años.
- No haber sido beneficiario de esta misma ayuda en tres ocasiones anteriores.
- No tener ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI) excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- Si tiene cónyuge o hijos menores de 26 años (o mayores con discapacidad) o menores en acogida, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de su unidad familiar así constituida, incluyéndole a usted, dividida por el número de miembros que la componen, no supera el 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Este subsidio estará dirigido a cuatro colectivos:
- Desempleados de larga duración,
- Personas con una discapacidad reconocida de al menos el 33%
- Emigrantes retornados
- Víctimas de violencia de género, doméstica o sexual.
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