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Han sido muchos los trabajadores afectados por la pandemia en este año 2020. ¿Cuales son las Consecuencias de cobrar los Ertes por COVID-19?.
Muchos de ellos, se han visto en la tesitura de ver como sus trabajos se perdían, de cobrar ERTES fuera de plazo, entre otras muchas consecuencias producidas por esta pandemia que arrasaba el mundo en general.
Pero, en este artículo vamos a hablar de algo que parece que no éramos conscientes. Aquellos trabajadores que han cobrado el ERTE debido al Coronavirus en España deberán hacer frente a ciertas consecuencias relacionadas tanto con impuestos como con derechos laborales.
Aquellos trabajadores que hayan estado en un ERTE a causa del coronavirus, tendrán que hacer frente a una serie de consecuencias relacionadas con sus impuestos y derechos laborales. Te contamos cuáles.
Consecuencias fiscales por estar en el estado de ERTE
Todos los trabajadores que se encontraran en estado de ERTE debido a la crisis del Coronavirus en España sufrirán un revés en la próxima declaración de la renta.
Todas las prestaciones de desempleo cobradas, son impuestos que deben declararse. Como ya dijo la Ministra de Hacienda María Jesús Montero.
La retención por el SEPE tras la prestación del paro, suele ser bastante inferior a la soportada por empresas.
Además, los trabajadores contarán al menos con 2 pagadores en el próximo año. El límite para no presentar la declaración de la renta desciende de los 22.000 euros hasta los 14.000 euros. De esta manera, muchos serán los trabajadores que tendrán que liquidar sus impuestos.
El salario a ingresar tras la declaración de la renta, dependerá del salario del trabajador. Del propio tiempo que haya estado en ERTE y de otros factores. De esta manera, se podrá llegar a pagar más de 1.000 euros. Una cantidad equivalente a un mensualidad durante la fase del ERTE.
Pero esto no se queda ahí, si no que los trabajadores verán un recorte tanto en sus vacaciones como en la paga extra.
¿Afectan los ERTES a mis vacaciones de empresa?
Debemos distinguir los ERTES de reducción de jornada de los de suspensión de contrato. Para casos de ERTES de suspensión de trabajo, el trabajador al no acudir a su centro de empleo, no generará ese derecho a coger vacaciones.
De esta manera, si el propio trabajador se encuentra 3 meses en parte, perdería la cuarta parte del descanso anual que corresponde como vacaciones. El trabajador, empezará de nuevo a producir vacaciones una vez reincorporado a su empleo.
Otro caso son los ERTES por reducción de jornada. Si el trabajador ha seguido trabajando en la empresa, ha generado igualmente su derecho a vacaciones. De esta manera le correspondería las mismas que si no hubiera estado en el ERTE.
La única diferencia, que el trabajador al haber estado en ERTE de reducción de jornada, en sus vacaciones cobrarán un importe reducido al que le correspondería.
¿Como afectan los ERTES a las pagas extras?
Las pagas extras también se van a recortar según cuánto haya durado el ERTE. Tratándose de un expediente de suspensión,el trabajador no generará ningún derecho a nómina extraordinaria.
De manera que si al trabajador le corresponde cobrarla en el mes de junio y ya lleva tres meses en el ERTE, el importe de la paga extra que le corresponde se reduce en un 25%, ya que el período de cálculo de la misma comprende doce meses.
Esperamos que te haya gustado este artículo sobre Consecuencias de cobrar los Ertes en trabajadores por COVID-19. Podrás encontrar más artículos como este en su categoría %%category%%
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