5 Ayudas que puedes obtener si no tienes derecho al paro

5 ayudas que puedes solicitar si no tienes derecho a la prestación por desempleo

Actualmente, el SEPE y la Seguridad Social son los encargados de aceptar o denegar ciertas solicitudes de ayudas sociales. Y es que, cada vez más, familias se encuentran en situación legal de desempleo sin derecho a percibir la prestación por desempleo.

Esto es un gran problema para buscar trabajo, y es que el aumento en el nivel de vida de los últimos años es insostenible si no percibes ningún tipo de ingreso recurrente.

Es por eso, que se emplean medidas para paliar este tipo de situaciones. Ayudas sociales que ofrece el estado para este colectivo que se encuentran en dicha situación y que no tienen derecho a percibir la ayuda de la prestación por desempleo.

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5 Ayudas que puedes obtener si no tienes derecho al paro

Estas serían 5 ayudas que puedes obtener si has finalizado la prestación por desempleo o incluso no has podido llegar a los límites establecidos por la administración.

Subsidio por insuficiente de cotización

Este subsidio está pensado para todas aquellas personas que no han llegado al año cotizado que exige la prestación por desempleo.

Se trata de una ayuda social de 463 euros mensuales, pero deberá cumplirse ciertos requisitos:

  1. El interesado deberá estar desempleado o desempleada y a su vez en situación legal de desempleo.
  2. Deberá estar inscrito o inscrita como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
  3. Deberá haber cotizado al menos 3 meses por desempleo aquellas personas que tengan responsabilidades familiares, o al menos 6 meses para aquellos que no las tengan, y no llegar a 360 días.
  4. No deberá percibir rentas superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional de cualquier tipo, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (Cuantías para este año). 
  5. Se tendrán en cuenta las rentas íntegras o brutas. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, es el resultado de la diferencia entre los ingresos y gastos que hayan sido necesarios para conseguir estos ingresos. Las ganancias patrimoniales son el resultado de la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.

La duración y la cuantía variará dependiendo de los meses cotizados a la seguridad social. Más información en el artículo correspondiente.

Subsidio por desempleo

Subsidio que se tendrá derecho siempre y cuando se agote la prestación por desempleo y que beneficia al perceptor de una ayuda durante un periodo de tiempo estimado de hasta 18 meses como máximo.

En el año 2022 la cuantía del subsidio aumenta hasta los 463,21 euros, y se deberán cumplir los siguientes requisitos para ser beneficiario.

  • 3 meses, si el desempleado tiene cargas familiares.
  • 6 meses, si no tiene cargas familiares.

Además, se debe cumplir estos requisitos:

  1. Estar inscrito como demandante de empleo por un mes, sin haber rechazado ofertas de empleo adecuadas.
  2. No haberse negado a participar en acciones de formación, promoción o reconversión laboral.
  3. Carecer de rentas.
  4. Haber agotado la prestación por desempleo.
  5. Tener responsabilidades familiares.

Más información al detalle en nuestro artículo.

Subsidio para personas mayores de 52 años

Este subsidio permite a personas que han cumplido la edad de 52 años o más ,y que cuenten con la cotización suficiente, acceder a una ayuda mensual. la Cuantía de esta ayuda será de 463,21 euros al mes (Actualizado en 2022).

Para la obtención y por lo tanto, se beneficiario de este subsidio se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Estar en desempleo.
  2. Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio.
  3. Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo que usted estaba percibiendo.
  4. Cumplir el compromiso de actividad
  5. Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional.
  6. Acreditar que en la fecha del hecho causante y en la de la solicitud del subsidio reúne todos los requisitos.
  7. Haber cotizado por jubilación 15 años, dos de los cuales han de estar dentro de los últimos 15.

Toda la información la tienes al detalle en nuestro artículo.

Renta activa de inserción (RAI)

La RAI o renta activa de inserción es una ayuda social que beneficiará a todos aquellos que se encuentren en situación legal de desempleo y que cumplan con ciertos requisitos.

Una ayuda, que tendrá una cuantía de al menos 463 euros al mes, dependiendo del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Su duración será de 11 meses como máximo, y podrá ser solicitada por las personas que cumplan estos requisitos:

  • Estar desempleado o desempleada e inscrito o inscrita como demandante de empleo.
  • Ser menor de 65 años.
  • No tener ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI),
  • Si tiene cónyuge y/o hijos o hijas menores de 26 años o mayores con discapacidad, o menores en acogida, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de su unidad familiar así constituida, incluyéndole a usted, dividida por el número de miembros que la componen, no supera el 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • No haber sido beneficiario o beneficiaria de la RAI en los 365 días naturales anteriores a la fecha de solicitud de admisión al programa.
  • No haber sido beneficiario o beneficiaria de tres derechos al programa de renta activa de inserción anteriores.

Más información en el siguiente artículo:

Ingreso mínimo vital (IMV)

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.

La cuantía del ingreso mínimo vital será muy variante dependiendo de las circunstancias del beneficiario. Pudiendo ser cuantías desde los 400 euros al mes, hasta los 1.200 euros mensuales en el mejor de los casos aproximadamente.

Esta tendrá una duración ilimitada, siempre y cuando sigan existiendo los motivos que dieron lugar a su concesión y se cumplan los requisitos y obligaciones previstos en la Ley.

Para su solicitud se deberán cumplir ciertos requisitos:

  • Tener residencia en España:
  • Estar en situación de vulnerabilidad económica

Más información detallada en nuestro artículo:

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  1. 5 Ayudas que puedes obtener si no tienes derecho al paro
    1. Subsidio por insuficiente de cotización
    2. Subsidio por desempleo
    3. Subsidio para personas mayores de 52 años
    4. Renta activa de inserción (RAI)
    5. Ingreso mínimo vital (IMV)

Luis Miguel Serrano

🔥 Redactor y SEO de RellenarDocumentos.es desde sus inicio ✍️ Fundador de la página web de RellenarDocumentos y encargado de investigar y escribir noticias actuales y actualizadas del SEPE y de la Seguridad Social.

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