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La recuperación de la prestación extraordinaria por cese de actividad se necesita tener en cuenta un conglomerado de información. Pues para el año 2021 existen algunas condiciones diferentes a las de otros años.
Esto es dado por la pandemia del COVID-19, un trámite que es más fácil desde la Oficina Digital. Consignados los requisitos, el servicio electrónico permitirá validad el trámite de forma sencilla y efectiva.
Para saber más, puedes leer este artículo e informarte de lo que necesitas para la recuperación en cuestión.
Todo lo referente a la presentación de la recuperación de la prestación extraordinaria por cese de actividad
En la disposición final primera del 1 del Real Decreto-Ley 11/2020, introduce un nuevo aparto del artículo 8 al 17. Este se encuentra en el gran Decreto-Ley 8/2020 del 17 de marzo.
Allí se establece que el plazo para que se presenten las solicitudes de recuperación de prestaciones es el 31 de enero. Esto podrá ser presentado por lo que se han visto afectador por la declaración del estado de alarma bajo los siguientes aspectos:
Por suspensión de su actividad por la declaración del estado de alarma:
Si su actividad laboral suspendida como consecuencia de la declaración del estado de alarma, deberá solicitar esta prestación extraordinaria por dicho motivo. Para comprobar si su actividad se encuentra entre las suspendidas, se ofrece una relación de CNAE de carácter orientativo.
Esto no hace obligatorio que, por ser autónomo, se pueda hacer que la actividad laboral se encuentre obligatoriamente en las suspendidas.
Pérdida importante de ingresos:
Si la actividad del autónomo no se encuentra suspendida por la normativa, también podrá accederse a esta prestación de otra forma. Si la facturación del mes anterior a la solicitud se hubiese reducido al menos un 75% respecto de la del promedio mensual.
Esto en base al semestre natural anterior a marzo de 2020, siendo posible que varíe de acuerdo a ciertas actividades culturales.
Requisitos para la recuperación
Estar afiliado y al día en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. En su defecto puede ser el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Importante:
Se comprende si el trabajador autónomo no está al corriente, pero por ende puede perder el derecho a poder tener la recuperación. Pero, si se puede, podrá reducirse la cuota y brindar la ayuda que corresponde.
¿Cómo hacer la solicitud?
Por medio de la Oficina Digital del órgano correspondiente se puede hacer la solicitud de la recuperación de forma más fácil. Pues podrán encontrarse los datos que ya existen dentro de la plataforma y solo se completa el resto que se esté solicitando.
A su vez, se puede notar un nuevo modelo de solicitud que es más específico y sencillo para obtener la prestación extraordinaria. Así, se podrán completar los campos coincidentes facilitando la tramitación en cuestión.
Con ello se podrá recuperar la prestación con información mínima y documentación necesaria para que el sistema reconozca la solicitud fácilmente. Así, la documentación en cuestión será la siguiente:
- Solicitud de la prestación y declaración responsable que se encuentre cumplimentada y afirmada.
- Copia del DNI, NIE o pasaporte por ambas caras. Obligatorio en caso de presentarse en fotografía o PDF.
Cada una de las informaciones presentadas se deben encontrar actualizadas porque la recuperación siempre se da por inconvenientes de información. Casi siempre es por la fecha de efectos de la prestación duración y compatibilidad o incompatibilidad de la prestación extraordinaria.
Es por ello que en los trámites de la recuperación deben evitarse estas situaciones y comprobar la información. Todo aquello que se ha realizado durante el COVID-19 a nivel laboral es de fundamental importancia, teniendo que se completamente certero.
Todo esto será admisible hasta el 31 de enero de 2021, pues las prestaciones extraordinarias así lo establecen por decreto. No obstante, puede resultar una tarea un tanto complicada, por que lo es necesario tener paciencia si se realizará de forma digitalizada.
Si este no es el acaso, puede ingresarse al sitio Web correspondiente para informarse de la documentación necesaria y acudir personalmente. Aún así, es una tarea que posiblemente podría tener limitaciones dadas las circunstancias en que se encuentra la pandemia.
Beneficios de recuperar la prestación extraordinaria por cese de actividad
Si aún se es una persona que no ha podido recuperar su empleo durante la pandemia, esta ayuda será de vital importancia. Presentándose la documentación correcta se demostrará lo necesario que es este beneficio del Estado y que aún no se da una solución.
Así, se aumentará el tiempo de seguir buscando una oportunidad y no continuar necesitando de esta prestación hasta mucho tiempo. Las cotizaciones seguirán aumentándose para que, al llegar la jubilación, se tengan las necesarias y más de las que resultan ser máximas.
Si se tiene una familia a la cual cuidar, es posible que esto sea una buena solución a este gran problema. Por ello, la recuperación implica tener una base para un nuevo comienzo económico y laboral.
Sin embargo, es importante saber que por ser una prestación extraordinaria debe tener más requisitos y obligaciones a cumplir. Las mismas hacen que la información brindada sea certera y que quien necesite la ayuda sea porque realmente la requiere.
Las justificaciones en cuestión harán que el aumento de la prestación sea mayor y correcto a lo que la recuperación implica. Puesto que, si la misma se ha perdido, las condiciones para que ocurriera deben ser de gran peso e interés del Estado.
Es importante resaltar que esta ayuda debe tramitarse antes de la fecha estipulada, de lo contrario no se obtendrá la ayuda. Incluso es posible que se incremente aún más el problema que llegue a un punto en el que no tenga solución.
Todo esto es algo relevante al momento de hacer el trámite, de lo contrario, no se recuperará la prestación extraordinaria. Así, cada ciudadano deberá tener en regla todas sus responsabilidades sociales existentes.
Esperamos que te haya gustado este artículo sobre Recuperación de la prestación EXTRAORDINARIA por cese de actividad en 2021. Podrás encontrar más artículos como este en su categoría %%category%%
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