Ayudas compra vivienda castilla-la mancha 2023
✔ Más de 290.000 personas. ¡Entra al grupo de Facebook!
✔ Resolvemos tus dudas al instante en Telegram ✔ ¿Buscas trabajo? |
A partir del 8 de octubre de 2022 y hasta el 30 de junio de 2023 se podrán solicitar las ayudas a la compra de la vivienda en Castilla la Mancha.
Estas ayudas no podrán superar los 10.800 euros por vivienda. La subvención pretende ayudar a más de 2 millones de personas y la vivienda no podrá superar el importe de 120.000 euros en total.
¿Cuál es la documentación a presentar?
a) Documentación acreditativa de la personalidad de la persona solicitante y, en su caso, de la representación:
1º. Copia del DNI de la persona solicitante. En caso de no tener nacionalidad española, copia del NIE y acreditación de la identidad y de la pertenencia alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. En caso de que la persona beneficiaria sea extranjera no comunitaria, NIE y documentación acreditativa de la identidad y de la residencia legal en España.
Sólo será necesario aportar dicha documentación en el caso de oponerse a su consulta por el órgano instructor mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
2º. En su caso, copia del DNI de la persona representante de la solicitante. Sólo será necesario aportar dicha documentación en el caso de oponerse a su consulta por el órgano instructor mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
3º. En su caso, acreditación de la representación que ostenta la persona solicitante mediante cualquier medio válido en Derecho, pudiendo utilizar a estos efectos el modelo del anexo III de esta resolución.
b) Copia de la escritura de compraventa de la vivienda o, en su defecto, copia del contrato privado de adquisición de la misma, si se hubiera formalizado el correspondiente contrato. Si no se hubiera formalizado el correspondiente contrato, copia del contrato de arras, precontrato o oferta vinculante, donde se aprecie claramente el precio de adquisición.
c) En caso de adquirir una vivienda en construcción, autorizaciones y licencias que exijan la legislación vigente para su ejecución.
d) Certificado de renta del ejercicio 2021, con código seguro de verificación, expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de los ingresos de la persona solicitante, en el caso de no autorizar su consulta por el órgano instructor.
En caso de no estar obligado a presentar declaración del impuesto de la renta de las personas físicas, deberá aportarse, certificado negativo de renta expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y declaración responsable, en la que conste la cuantía percibida en ese ejercicio, en el modelo del anexo IV de esta resolución.
e) En el caso de que la vivienda haya sido o vaya a ser adquirida por una persona con discapacidad, certificado de discapacidad que acredite un grado igual o superior al 33% y el tipo de discapacidad, en caso de oponerse a la consulta electrónica de los datos de discapacidad por el instructor.
f) En su caso, certificado de discapacidad, siempre que el grado de discapacidad fuese inferior al 33%.
g) En el caso de que la persona beneficiaria propietaria o usufructuaria de una vivienda en España no pueda disponer de ella, aportar alguno de los siguientes documentos:
1º. Copia de la resolución judicial, o convenio regulador ratificado judicialmente, que acredite la no disponibilidad de la vivienda por separación o divorcio.
2º. Documento suscrito por la persona beneficiaria, a los efectos de determinar la no disponibilidad de la vivienda por cualquier otra causa ajena a su voluntad.
3º. Acreditación documental de la inaccesibilidad de la vivienda por discapacidad del titular o de otra persona de la unidad de convivencia.
h) Declaraciones responsables realizadas por la persona solicitante, en modelo normalizado de:
1º. No estar incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, incluida la de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
2º. No haberles sido revocadas alguna de las ayudas contempladas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono de Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 o el anterior plan estatal de viviendas por incumplimiento o causa imputable al solicitante.
3º. No incurrir en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
4º. No ser beneficiaria de ayudas incompatibles con las ayudas convocadas.
5º. De destinar la vivienda adquirida a su residencia habitual y permanente por el plazo fijado en esta convocatoria y en las bases reguladoras.
6º. De no ser propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España, salvo que, siendo titulares de una vivienda, acrediten la no disponibilidad de la misma por causa de separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad de la persona titular o algún miembro de la unidad de convivencia.
Otras ayudas que pueden resultarle útil:
- Estas son las ayudas que son compatibles con el ingreso mínimo vital en 2023
- Estas son las ayudas compatibles si padeces una incapacidad permanente total
- Ayudas para niños que usan gafas, les saldrá gratis
- Ayuda para el pago del 20% de tu hipoteca
- Ayudas para que los jóvenes mayores de 35 años puedan comprar una vivienda
- Ayuda PIRMI y como la puedes solicitar si vives en Cataluña
Esperamos que te haya gustado este artículo sobre Ayudas compra vivienda castilla-la mancha 2023. Podrás encontrar más artículos como este en su categoría Actualidad
Deja una respuesta
Más artículos relacionados de interés