Requisitos básicos para que las empleadas del hogar puedan cobrar el paro

Las empleadas del hogar ya tienen derecho a cobrar la prestación por desempleo. Esto hace que en este sector se esté regularizando cada vez más este sector, ya que las empleadas domésticas han luchado por tener sus derechos.

Las empleadas del hogar tendrán que tener como mínimo de 360 días cotizados en la Seguridad Social para poder solicitar su prestación por desempleo.

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Qué dice el nuevo Real Decreto-Ley

Desde el pasado 1 de octubre las empleadas del hogar pueden solicitar el paro a la Seguridad Social. Sin embargo, desde la Administración Pública se ha confeccionado una pequeña guía, en donde se detalla los nuevos cambios que ha sufrido este sector, tras que se aprobase el Real Decreto-Ley 16/2022, por el cual las trabajadoras cotizan por desempleo y también por el Fondo de Garantía Salarial.

Hasta hace pocos meses una de las grandes preguntas giraban en torno a la aplicación de esta medidas y cómo iba a afectar dentro del sector de las empleadas domésticas. Muchas empleadas del hogar se estaban preguntando cómo podían cobrar el paro y sobre todo cuando pasaría.

Tal y como se recoge en la guía que ha emitido la Seguridad Social, las empleadas del hogar tienen derecho a la prestación por desempleo siempre y cuando se haya finalizado su contrato de trabajo. Además, el empleador debe de informar sobre esta nueva situación por escrito y las empleadas del hogar deben de tener al menos 360 días cotizados, para poder acceder al paro.

No será la única prestación social a las cual podrán acogerse en caso de que sufran un despido. Desde ahora las trabajadoras domésticas también podrán recibir algunos subsidios por parte del SEPE, ya que se tendrá en cuenta los días cotizados.

¿Desde cuándo se cuentan las cotizaciones para el desempleo?

Aunque, ya lo hemos explicado en el apartado anterior, las empleadas del hogar deben de contar al menos con un mínimo de 360 días cotizados para poder solicitar su prestación por desempleo. Este colectivo está gozando de este nuevo derecho, ya que el pasado 1 de octubre las empleadas del hogar han empezado a cotizar por desempleo.

No se tendrán en cuenta las cotizaciones anteriores en otros regímenes que existirán dentro de la Seguridad Social. Por ello, este sector deberá de esperar al menos un año para poder alcanzar dicha cotización.

Para poder acogerse a otro tipo de prestaciones sociales por desempleo que emite el SEPE, deberán de cumplir con estos requisitos mínimos de cotización. Por lo tanto, en este momento no podrán acogerse a ningún tipo de prestación social. Tendrán que tener ese mínimo de 360 días cotizados que empezarán a contar desde el pasado 1 de octubre 2022.

¿Cuándo se puede despedir a las empleadas del hogar?

En este momento, ya no se puede despedir a las empleadas del hogar, sin que exista un motivo justificado por parte del empleador. Desde el Servicio Público de Empleo Estatal avisa en su página web oficial, que las empleadas se encontrarán en una nueva situación legal de desempleo y que el empleador deberá de informar en todo caso sobre el motivo del despido por escrito.

Los trabajadores que se les haya extinguido el contrato, por algún motivo por escrito, deberán de demostrar ante el SEPE el motivo por el cual el empleador ya no quiere seguir contratando sus servicios.

Los motivos del despido deben de ser los siguientes:

  • Que exista una disminución de los ingresos dentro del ámbito de la unidad familiar o se hayan aumentado los gastos.
  • Que la familia ya lo necesite una trabajadora del hogar.
  • La pérdida de confianza de la persona empleada siempre y cuando se pueda fundamentar de forma razonable y proporcionada.

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📄 Aquí podrás encontrar ✍️
  1. Qué dice el nuevo Real Decreto-Ley
  2. ¿Desde cuándo se cuentan las cotizaciones para el desempleo?
  3. ¿Cuándo se puede despedir a las empleadas del hogar?

Luis Miguel Serrano

🔥 Redactor y SEO de RellenarDocumentos.es desde sus inicio ✍️ Fundador de la página web de RellenarDocumentos y encargado de investigar y escribir noticias actuales y actualizadas del SEPE y de la Seguridad Social.

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